Los aditivos alimentarios y su revaluación en la UE

Martes 29 de Abril de 2014
Los aditivos alimentarios y su revaluación en la UE
La legislación de la UE sobre aditivos alimentarios se basa en el principio de que solo se pueden utilizar aquellos que han aprobado una evaluación completa de seguridad. A pesar de esto, una reciente encuesta del Eurobarómetro ha reflejado que el 66% de los consumidores europeos se sentían preocupados por la presencia de aditivos en los alimentos. Además, se conocen poco las razones por las que la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) está revaluando los aditivos alimentarios actualmente en uso.
 

¿Qué son los aditivos alimentarios?

Los aditivos alimentarios son sustancias que normalmente no se consumen como alimentos, sino que se añaden intencionadamente a los alimentos para obtener determinados propósitos tecnológicos. Estos incluyen1:

• Antioxidantes (para evitar que la grasa reaccione con el oxígeno y cause cambios de color o ranciedad)
• Colorantes (para mejorar, restaurar o agregar color)
• Emulsionantes, estabilizantes y agentes gelificantes (para ayudar a mezclar los ingredientes)
• Conservantes (para prolongar la vida útil previniendo el deterioro microbiano)
• Edulcorantes (para endulzar)

Marco legislativo para la autorización de aditivos alimentarios

De conformidad con la legislación de la UE, todos los aditivos alimentarios deben ser autorizados antes de poder utilizarse en los alimentos. Un aditivo alimentario solo puede ser autorizado si, basándose en las pruebas científicas disponibles, no conlleva riesgos para la salud de los consumidores al nivel de uso previsto. Asimismo, debe existir una necesidad tecnológica para el aditivo que no puede satisfacerse con otros medios. Con el fin de autorizar un nuevo aditivo, el solicitante debe realizar una solicitud formal a la Comisión Europea. A continuación se presentaría una solicitud detallada a la EFSA para su evaluación.

La EFSA es un organismo científico independiente que revisa todos los estudios pertinentes relacionados con el aditivo (datos sobre la toxicidad, estudios de exposición humana, etc.) y emite una opinión sobre la seguridad del aditivo para las condiciones de uso previsto. Una vez publicada esta opinión, la Comisión Europea y expertos en aditivos alimentarios de todos los Estados Miembros de la UE la examinan y deciden si debe autorizarse el aditivo para su uso en la UE. Si la decisión es favorable, la solicitud se somete entonces al Consejo Europeo y al Parlamento Europeo (para asegurar su completa conformidad con la legislación de la UE) antes de autorizar definitivamente el aditivo y agregarlo a la lista de aditivos aprobados por la UE1. La lista está publicada en el Reglamento (UE) nº 1129/2011 de la Comisión2.

Los aditivos alimentarios autorizados reciben un número E. Estos números se utilizan para simplificar el etiquetado de las sustancias, que a menudo tienen nombres químicos complejos. En la etiqueta, el aditivo debe designarse por el nombre de su clase funcional, seguido de su nombre específico, o su número E; por ejemplo, "edulcorante: aspartamo” o “edulcorante: E951”. Por lo tanto, el número E garantiza que el aditivo ha superado satisfactoriamente un minucioso escrutinio por parte de los reguladores europeos y la EFSA.

Existen cientos de aditivos; sin embargo, solo se pueden utilizar aquellos que están incluidos en la lista aprobada de aditivos de la UE (y solamente en las condiciones indicadas)3. Algunos aditivos alimentarios como el ácido láctico (E270) y el ácido cítrico (E330) pueden utilizarse en prácticamente todos los alimentos procesados, mientras que otros como la natamicina (E235) tienen un uso más restringido. Este último puede utilizarse como conservante para el tratamiento superficial de quesos y embutidos1.

¿Por qué se están revaluando aditivos alimentarios autorizados antes del 20 de enero de 2009?

Aunque todos los aditivos alimentarios que se utilizan actualmente en la UE se han evaluado íntegramente y su uso se considera seguro en productos alimenticios dentro de los niveles permitidos, la Comisión ha pedido a la EFSA revaluar sistemáticamente todos los aditivos cuyo uso fue autorizado antes del 20 de enero de 2009. Muchas de las evaluaciones originales se realizaron hace décadas, por lo que se considera apropiado volver a examinar cada aditivo a la luz de la información científica más reciente1. La Comisión aprovechará esta oportunidad para determinar si es necesario revisar las condiciones de uso actuales de cada aditivo alimentario como, por ejemplo, modificar su ingesta diaria admisible (IDA)4. La completa eliminación de un aditivo de la lista de aditivos autorizados también es una opción, si se considera necesario.

¿Cómo se está llevando a cabo la revaluación?

Con el fin de dar prioridad a las evaluaciones, se ha establecido un programa para revaluar los aditivos alimentarios autorizados mediante criterios específicos (por ejemplo, tiempo desde la última evaluación, disponibilidad de nuevos datos, alcance del uso). Para su eficacia y a efectos prácticos, y siempre que sea posible, se realizarán las evaluaciones por clase funcional (por ejemplo, conservantes, antioxidantes)5. La tarea de la EFSA consiste en examinar la opinión y el expediente originales, datos adicionales presentados por la Comisión y los Estados Miembros, y cualquier otra documentación relevante publicada desde la última evaluación. También se harán “convocatorias públicas” de información para ayudar a la EFSA a recuperar todos los datos pertinentes para su evaluación.

Estado actual del proceso de revaluación

Dado que los colorantes alimentarios fueron los primeros en ser autorizados, estos han recibido la máxima prioridad de revaluación. Por ejemplo, en 2007 se suspendió el uso del color rojo 2G (E128) tras nuevas pruebas científicas que demostraron que su uso podría no ser seguro6.

A continuación en la lista de prioridades se encuentran los conservantes y los antioxidantes (que se revaluarán a finales de 2015), seguidos de los emulsionantes, los estabilizantes y los agentes gelificantes (que se revaluarán a finales de 2016). Todos los demás aditivos alimentarios se revaluarán a finales de 20205.

Información adicional
Eurobarometer survey on consumers’ perception of food-related risks, November 2010

Referencias

  1. European Commission (2013). Food Additives.
  2. REGLAMENTO (UE) N o 1129/2011 DE LA COMISIÓN de 11 de noviembre de 2011 por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) n o 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo para establecer una lista de aditivos alimentarios de la Unión.
  3. EFSA (2012). The re-‘E’valuation of Europe’s food additives.
  4. EUFIC (2006). Preguntas y Respuestas sobre las Ingestas Diarias Admisibles (IDAs).
  5. REGLAMENTO (UE) N o 257/2010 DE LA COMISIÓN de 25 de marzo 2010 por el que se establece un programa para la reevaluación de aditivos alimentarios.
  6. EFSA (2007). Opinion on the food colour Red 2G (E128).